"(Se concede) la suspensión definitiva para el efecto de que las responsables se abstengan de construir una cortina que sobrepase la altura originalmente autorizada en el convenio del 1 de septiembre de 2005, de 80 metros de la presa El Zapotillo, que se construye en el río Verde en los Altos de Jalisco, hasta en tanto cause ejecutoria la sentencia que al efecto se dicte en el juicio principal del cual deriva la presente incidencia”, reza en el incidente de suspensión 1093/2014 otorgado a 11 hijos ausentes de Temacapulín."
Las autoridades
señaladas dentro del incidente presentado el 20 de mayo pasado por los
pobladores de Temacapulín son los titulares de los poderes Ejecutivos de
la Federación y de Jalisco, la
Comisión Nacional del Agua (Conagua), la Comisión Estatal del Agua
(CEA), la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat),
entre otros.
Como terceros
interesados están el Congreso de Jalisco, el gobierno de Guanajuato, el
ayuntamiento de León, las empresas constructoras Grupo Hermes y FCC
Peninsular, así como los municipios de Cañadas, Yahualica y San Miguel
El Alto.
La Comisión Nacional del Agua anunció en marzo pasado que la cortina de la presa rebasará los 80 metros de altura.
Su argumento fue que 80
metros no garantizaban la seguridad de Temacapulín, Acasico y Palmarejo.
Los residentes han dicho que la elevación de la cortina de la obra
inundará a las comunidades.
En 2012, la segunda sala
de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió la
resolución 93/2012, con la que invalidó un acuerdo firmado en 2007 por
los gobiernos de Jalisco, Guanajuato y la Conagua, para aumentar la
cortina de la presa.
De acuerdo con la sentencia, la declaratoria de invalidez:
"No implica en forma alguna detener la construcción de la obra identificada como Presa El Zapotillo y Acueducto El Zapotillo-Los Altos de Jalisco-León, Guanajuato, sino únicamente que se lleve a cabo en los términos pactados por las partes en el ‘Acuerdo de coordinación para llevar a cabo un programa especial sobre los usos y distribución de las aguas superficiales de propiedad nacional de la cuenca del Río Verde’, suscrito el uno de septiembre de 2005, esto es, en función del proyecto original que contemplaba una altura de cortina de 80 metros”.
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